La Ley Bases declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año, prorrogable, y delegó en el Poder Ejecutivo facultades del artículo 76 de la Constitución: reorganizar o disolver organismos descentralizados (salvo los protegidos por el art. 75 inc. 19 CN), modificar el régimen de empleo público y avanzar con reformas que normalmente requerirían leyes del Congreso. El Ejecutivo debe informar mensualmente al Congreso el uso de esas facultades.
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Boletín Oficial — Ley 27.742, Capítulos I (Emergencia) y II (Facultades delegadas), BORA 8-jul-2024. Alcance de la delegación y debate constitucional sobre el art. 76 CN: InfoLeg, Argentina.gob.ar, doctrina (Abogados.com.ar).