Deroga incisos g y m del art. 5, los arts. 6, 18, 19, 25 inc. a y 27 de la Ley 26.682 de Marco Regulatorio de la Medicina Prepaga. Quita facultades a Ministerio de Salud y Superintendencia de Servicios de Salud de autorizar y revisar valores de cuotas. Habilita libre fijación de precios. Suprime modelos de contrato entre prepagas y prestadores. Aumentos acumulados >100% en pocos meses durante 2024; a jun-2026 acumulan 350-450% según plan vs IPC ~280%. Cautelares individuales y colectivas. Jurisprudencia federal consolidada (CAF Sala III, Sala V): aumentos deben ser razonables con IPC como parámetro; derecho a la salud (tratados art. 75:22 CN) prima sobre lógica de mercado. 26-may-2025 Justicia anuló retroactivamente aumentos.
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Boletín Oficial — DNU 70/2023 (arts. derogadores de Ley 26.682). Microjuris, Infobae, CELS, CADIME.