Este es el capítulo aerocomercial del DNU 70/2023: la base legal del "cielos abiertos". Modificó el Código Aeronáutico (Ley 17.285) y derogó la Ley 19.030 (normas de los servicios aerocomerciales), el Decreto-Ley 12.507/56 (Política Aeronáutica Nacional) y el Decreto 1654/2002 (emergencia del transporte aéreo). Habilita que cualquier aerolínea con solvencia técnica y financiera opere rutas internas e internacionales sin exigir tratados de reciprocidad, permite el cabotaje por compañías y tripulaciones extranjeras y elimina pisos y techos tarifarios. La reglamentación operativa llegó después con el Decreto 599/2024 —que ya está en este catálogo—; esta ficha cubre la habilitación legal original.
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Boletín Oficial — DNU 70/2023 (BORA 21-dic-2023), capítulo aerocomercial: modifica el Código Aeronáutico (Ley 17.285) y deroga la Ley 19.030, el Decreto-Ley 12.507/56 y el Decreto 1654/2002. Cabotaje extranjero sin reciprocidad y tarifas libres: Bruchou & Funes de Rioja, PAGBAM, Beccar Varela, Argentina.gob.ar.